A partir del 2/9/2019 se implementa el procedimiento de caracterización sistémica como “Potencial Micro, Pequeña y Mediana Empresa – Tramo I y II” para aquellos sujetos asimilables a sujetos inscriptos en el “Registro de Empresas MiPyMES”.
Para ser categorizados como tales, los sujetos no deberán superar los topes de facturación establecidos por la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa, y deberán tener presentadas la totalidad de las declaraciones juradas del IVA. Para dicha categorización se promediarán los últimos 3 años calendario, apropiando la totalidad a la actividad principal declarada. En caso de que no hayan transcurrido 3 años calendario completos, se promediarán los ingresos anuales, y en caso de tratarse de un año incompleto, se anualizarán los montos correspondientes a las ventas, locaciones y prestaciones de servicios.
El proceso de categorización será sistémico y se realizará durante la primera quincena del mes de mayo de cada año con la información con la que cuente la AFIP al 31/12 del año calendario anterior. La categoría determinada por la AFIP se verá reflejada en el sistema registral.
Los monotributistas y los sujetos que inicien actividad durante el año en que se realice el proceso sistémico serán categorizados como “Potenciales Micro Empresas”.
La referida categorización permite acceder a determinados beneficios especiales en los planes de facilidades de pago vigentes y en la aplicación del régimen tributario (tasas diferenciales, exclusión de regímenes de retención y/o percepción, etc.), entre otros.
Como excepción, el primer proceso de caracterización se realizará el 2/9/2019.