Formosa. Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Implementan un pago a cuenta del gravamen respecto de productos y mercaderías que ingresan a la provincia.

A partir del 10/09/2020, establecen un régimen de pago a cuenta del ISIB respecto de los productos y mercaderías que ingresan a la provincia de Formosa siempre que respondan a operaciones efectuadas a título de compraventa, que sean remitidos por contribuyentes no inscriptos en el gravamen de la Provincia.

Resolución General (DGR) Nº 47/2020 (Copia oficial)

Quedarán alcanzados las personas humanas y/o jurídicas, sucesiones indivisas y demás sujetos y entidades que emitan la documentación que respalda la operación y/o que figure como remitente de los productos.

Actuarán como agentes de recaudación los funcionarios de los puestos de control camineros en los accesos de la provincia.

Cuando se verifique que la mercadería es ingresada a la jurisdicción provincial a través de una unidad de transporte propiedad del sujeto que revista la condición de comprador de los bienes, no resultará aplicable el presente régimen de pago a cuenta.

El pago a cuenta será del 3% del valor neto de la mercadería transportada, no pudiendo la base ser menor a las valuaciones fiscales mínimas establecidas en la Resolución.

Los sujetos pasibles de recaudación del presente Régimen, podrán imputar el pago a cuenta ingresado, en las Declaraciones Juradas mensuales del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos que presenten luego de registrar la correspondiente inscripción en el citado gravamen ante el Fisco Provincial.

Esta normativa entrará en vigencia a partir del 10/09/2020.