R.G (AFIP) 4603 Compensación del saldo de libre disponibilidad del IVA con las Contribuciones de la Seguridad Social
Los contribuyentes que registren la condición de Micro o Pequeñas Empresas, inscriptos en el “Registro de Empresas MiPyMES”podrán afectar el saldo a favor de libre disponibilidad del impuesto al valor agregado registrado en el sistema de “Cuentas Tributarias” a la cancelación de las contribuciones de la seguridad social .
La afectación podrá efectuarse -únicamente- respecto de las contribuciones de la seguridad social , determinadas por el período mensual inmediato anterior a la fecha de la solicitud, y no podrá superar el VEINTE POR CIENTO (20%) del monto total de las aludidas contribuciones ni el importe adeudado por las mismas.
A los fines de realizar la solicitud de afectación, los contribuyentes y/o responsables deberán acceder a través del servicio “Sistema de Cuentas Tributarias”, a la opción “Afectación a Seguridad Social”, disponible en el sitio “web”.
Al momento de efectuarse la solicitud de afectación del saldo de libre disponibilidad, esta Administración Federal realizará controles sistémicos en línea.
De superarse la totalidad de los mismos, el sistema procesará la transacción y emitirá el correspondiente acuse de recibo.