REGIMEN SIMPLIFICADO AGIP Y MONOTRIBUTO EN UN SOLO PAGO
Este régimen resulta aplicable únicamente cuando la actividad se desarrolla exclusivamente dentro de una sola jurisdicción. En caso de que el contribuyente venda bienes o preste servicios fuera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires —incluso a través de internet— quedará alcanzado por el Convenio Multilateral, debiendo inscribirse en dicho régimen y presentar la declaración jurada mensual correspondiente.
La adhesión al sistema unificado es automática, por lo que no es necesario realizar ningún trámite adicional por parte del contribuyente.
Por último, cabe aclarar que el sistema de pago fijo de AGIP se efectuaba de manera bimestral y por período vencido. Por este motivo, en el mes de enero se deberá abonar, por un lado, la cuota correspondiente al bimestre noviembre–diciembre del régimen anterior y, adicionalmente, el pago unificado correspondiente al mes de enero.