Ganancias: régimen de Declaración Jurada Simplificada
Se establece el procedimiento operativo aplicable cuando se detecten inconsistencias o incumplimientos en el Régimen de Declaración Jurada Simplificada del Impuesto a las Ganancias, previsto en la Ley N° 27.799 y reglamentado por la RG (ARCA) N° 5820/2026.
La norma regula el circuito de notificación al contribuyente y el trámite de descargo denominado “Disconformidad sobre exclusión del Régimen de Declaración Jurada Simplificada – Ley 27799”, que se realiza mediante el servicio Presentaciones Digitales.
Asimismo, contempla la verificación de ingresos, patrimonio y condición de gran contribuyente correspondientes al año inmediato anterior al ejercicio de la opción o ratificación, y a los dos períodos fiscales anteriores.
Cuando el incumplimiento quede objetivamente verificado, o no se presente el descargo dentro del plazo de 15 días hábiles administrativos, podrá disponerse la exclusión del régimen.
Fuente: Instrucción General (ARCA-DPYNF) N° 3/2026.
Fuente oficial vinculada: ARCA – Resolución General N° 5820/2026
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/338289/20260209