Procedimiento: régimen especial de facilidades de pago para MiPyMEs, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro
Se implementa un régimen especial de facilidades de pago para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas —Tramos 1 y 2—, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro.
El régimen permite regularizar obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social vencidas hasta el 30 de junio de 2026, inclusive, incluidas multas y accesorios.
Para micro y pequeñas empresas, pequeños contribuyentes y entidades sin fines de lucro, se prevén hasta 18 cuotas para obligaciones impositivas, aduaneras y de la seguridad social, y hasta 9 cuotas para retenciones y percepciones, con un pago a cuenta del 5%.
Para medianas empresas —Tramos 1 y 2—, se prevén hasta 15 cuotas y hasta 7 cuotas, respectivamente, con un pago a cuenta del 10%.
En todos los casos, la tasa de financiación mensual es del 2,75%.
La adhesión podrá efectuarse hasta el 30 de octubre de 2026, mediante el servicio “Mis Facilidades”.
La resolución general entra en vigencia el 15 de julio de 2026.
Fuente oficial: ARCA – Resolución General N° 5875/2026
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/344290/20260714