ARCA. Proceso de obtención de la Clave de Inversores del Exterior
Se establece que la “Clave de Inversores del Exterior” (CIE), también podrá ser tramitada para las personas humanas residentes en el exterior que desean realizar inversiones financieras en el país y no posean CUIT o CDI.
Las entidades financieras del país, y los agentes financieros autorizados y registrados en la CNV solicitarán la CIE, con carácter previo a la apertura de la cuenta de inversión.