ARCA. Reducción Anticipos Impuesto a las Ganancias.
Se incorpora la posibilidad de que las personas jurídicas puedan solicitar la reducción de anticipos a partir del tercero, siempre que se verifique que la suma total estimada a ingresar supere en más de un 25% el impuesto determinado para el período fiscal correspondiente.
Asimismo, se incrementan los importes que conforman la base de cálculo del procedimiento especial aplicable a las solicitudes de reducción de anticipos, según el tipo de
Contribuyentes de significación fiscal a nivel nacional y/o regional: el importe se eleva a $250.000.000.
Resto de los contribuyentes: el importe se incrementa a $200.000.000.
Además, se establece un mecanismo de actualización anual de dichos importes a partir del año 2027. Los nuevos valores serán aplicables a partir del 1 de marzo de cada año.
Estas modificaciones serán aplicables a las solicitudes de reducción de anticipos presentadas a partir del 27 de octubre de 2025.