Contribuyentes cumplidores
Se incluye como contribuyentes cumplidores a aquellos que hayan adherido a un PFP al 31 de diciembre de 2023 y cuya última cuota haya sido cancelada hasta la fecha de vencimiento para la presentación de la DJ y pago del impuesto sobre los bienes personales del período fiscal 2023 o de adhesión al REIBP si esta fuere anterior.