AFIP se prorroga el plazo establecido para el cumplimiento del régimen de información – Formulario Declaración Jurada 8096 – del Título II de la Resolución General N° 4.130-E

A través de la Resolución General Nº4218 de AFIP, por razones de índole administrativa, se prorroga con carácter de excepción, el plazo para cumplir con el primer vencimiento del régimen de información –Formulario Declaración Jurada 8096- a cargo de las entidades residentes en Argentina que integren un Grupo de EMN (Grupo de Entidades Multinacionales), establecido por el Título II de la Resolución General Nº4130.

 Inicialmente, el término de presentación estaba fijado para el último día hábil del tercer mes inmediato siguiente al del cierre del ejercicio fiscal a informar de la última entidad controlante. Como consecuencia de esta nueva resolución, el aludido plazo queda prorrogado  hasta el día 2 de mayo de 2018, cuando la última Entidad Controlante hubiere cerrado su ejercicio fiscal en el mes de diciembre de 2017.

Es importante destacar, que al 27/3/18, el servicio “Régimen de Información País por País” disponible en el sitio “web” institucional (http://www.afip.gob.ar), por el cual se realiza la carga de datos solicitados por el citado Formulario, aún no se encuentra activo.