INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA. Regularización de estados contables por los últimos diez ejercicios anuales
Desde el 1° de febrero y hasta el 31 de diciembre 2025, se establece un régimen para las Sociedades por Acciones y de Responsabilidad Limitada, como así también las Sociedades extranjeras (cfr. tercer párrafo del artículo 118 de la Ley N° 19.550), Asociaciones Civiles y Fundaciones, que adeuden la presentación de Estados Contables y la Comunicación de las Asambleas respectivas por los últimos diez ejercicios anuales cerrados hasta el 31 de agosto de 2024.
Al respecto, las Sociedades podrán cumplir con sus obligaciones pendientes, con el beneficio de abonar solo un formulario de “Presentación fuera de termino de estados contables”, que servirá para todos los Estados Contables adeudados.
Por el mismo plazo señalado, se suspenden el inicio y la tramitación de procedimientos sumariales por incumplimiento de presentación de Estados Contables, que correspondan a las sociedades señaladas.