Nueva modalidad de facturación para no sufrir retenciones de IVA.
Actualmente, los contribuyentes inscriptos en el IVA que poseen incumplimientos o inician actividad deben emitir comprobantes clase M o ‘A sujeto a retención'». Con la nueva normativa de ARCA, se eliminan las Facturas M y el régimen intermedio, y se establecen tres modalidades de Factura A:
– Factura A sin limitaciones: para quienes cumplen con todos los requisitos y controles fiscales.
– Factura A con leyenda «operación sujeta a retención»: reemplaza a la M. Mantiene retención del 100% de IVA facturado y 6% de Ganancias.
– Factura A con leyenda «pago en CBU informada»: la novedad del esquema. Aplica cuando se cumplen todos los requisitos salvo el de solvencia patrimonial. No tiene retenciones, pero el cobro debe hacerse en la CBU declarada.
La principal ventaja es la simplificación: se unifican las modalidades en la Factura A, desaparece el régimen intermedio y se gana mayor previsibilidad en las operaciones.