PLAN DE PAGOS
De qué se trata este plan?
Es un plan de regularización de deudas tributarias y de los recursos de la seguridad social, que condona intereses, multas y demás sanciones por obligaciones vencidas al 30 de noviembre de 2019, inclusive.
Para acceder a los beneficios se debe presentar el certificado MiPyME, vigente al momento de adhesión al régimen. Si tu empresa aún no cuenta con el certificado, podrás adherirte en forma condicional y presentarlo hasta el 30 de abril de 2020, inclusive.
Los nuevos planes tendrán un plazo máximo de:
- 60 cuotas para aportes a la seguridad social y para retenciones o percepciones.
- 120 cuotas para el resto de las obligaciones.
La primera cuota vencerá como máximo el 16 de julio de 2020 según el tipo de contribuyente, deuda y plan de pagos adherido.
La tasa de interés será fija, del 3 % mensual, los primeros 12 meses, y luego será variable equivalente a BADLAR utilizable por los bancos privados.
Importante
La refinanciación alcanza únicamente a los planes vigentes. La deuda pendiente de planes caducos, en la medida que sean susceptibles de inclusión, se podrán ingresar en los planes que se dispongan o cancelar mediante compensación.
Beneficios
Este plan de facilidades de pago tiene el beneficio de exenciones y condonaciones de:
- las multas y demás sanciones que no se encuentren firmes a la fecha del acogimiento al régimen de regularización;
- el 100 % de los intereses resarcitorios y/o punitorios del capital adeudado y adherido al régimen de regularización correspondiente al aporte personal de los trabajadores autónomos
- los intereses resarcitorios y/o punitorios previstos en la Ley N° 11.683
- los intereses resarcitorios y/o punitorios sobre multas y tributos aduaneros en el importe que por el total de intereses supere el porcentaje establecido para cada caso:
- 75 % del capital adeudado: para períodos fiscales 2013 y anteriores
- 50 % del capital adeudado: para Períodos fiscales 2014 y 2015
- 25 % del capital adeudado: para Períodos fiscales 2016 y 2017
- 10 % del capital adeudado: para el Período fiscal 2018 y obligaciones mensuales vencidas al 30 de noviembre de 2019