Reducción de la tasa de interés de financiación para PYMES aplicables a partir del 01/02/2024

Se adecua el porcentaje para el cálculo de la tasa de interés de financiación de los planes de facilidades de pago permanentes para las micro, pequeñas y medianas empresas.

 

A partir del 01/02/2024 la tasa de interés de financiación se calculará aplicando el 50%, 60 % o 100% sobre la tasa de interés resarcitorio vigente a la fecha de consolidación del plan de pagos.

De esta forma, la tasa de interés quedará en 7.63% para las micro y pequeñas empresas; y en 9.16% para las medianas empresas, en tanto la deuda a regularizar no sea aduanera o provenga de un ajuste fiscal.

Resolución General 5481/2024 – AFIP


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