CABA. INGRESOS BRUTOS. CONTRIBUYENTES LOCALES, RÉGIMEN SIMPLIFICADO Y ACTIVIDADES ESPECIALES. REEMPADRONAMIENTO OBLIGATORIO
Recordamos que el 31/3/2019 vence el plazo para efectuar el reempadronamiento obligatorio de los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos comprendidos en las categorías Locales, Régimen Simplificado y Actividades Especiales, conforme lo establece la resolución (AGIP Bs. As. cdad.) 27/2019 (BO: 18/2/2019).
En el supuesto de que los contribuyentes omitan, durante el plazo de reempadronamiento, modificar o confirmar los códigos de actividad convertidos en forma automática, se tendrán por válidas las actividades consignadas.