REPRO II

Ampliación de beneficiarios del Programa de Recuperación Productiva con inscripción hasta el 28 de enero.

Con el fin de asistir a los sectores en situación crítica producto de la pandemia del COVID-19, ampliamos la cobertura del programa REPRO II para que alcance también a trabajadores con contratos de temporada.

El beneficio se solicita desde nuestro sitio web y otorga hasta $9000 mensuales a los trabajadores de las empresas adheridas al programa, siempre que se cumplan los siguientes criterios de preselección y selección:

  • Para la preselección se verificará que la actividad principal de la empresa esté incluida en la nómina de actividades críticas y no críticas, o pertenezca al sector salud.
  • Para la selección se comprobarán indicadores económicos, financieros y laborales de los últimos tres meses desde la fecha de inscripción y para los mismos meses del año anterior.

Los prestadores de salud que percibieron el ATP y están inscriptos en el Registro Nacional de Obras Sociales o en el Registro Nacional de empresas de Medicina Prepaga, deberán identificar a sus trabajadores de manera individualizada y bajo declaración jurada para poder acceder al REPRO II.

Los empleadores beneficiarios del programa no podrán realizar las siguientes acciones mientras dure la percepción del beneficio y hasta 12 meses posteriores al mes de finalización de dicha percepción:

  • Distribuir utilidades.
  • Recomprar sus acciones directa o indirectamente.
  • Adquirir títulos valores en pesos para su posterior e inmediata venta en moneda extranjera o su transferencia en custodia al exterior.
  • Realizar erogaciones de ninguna especie a sujetos relacionados directa o indirectamente con el beneficiario cuya residencia, radicación o domicilio se encuentre en una jurisdicción no cooperante o de baja o nula tributación.

Importante: las empresas que hayan realizado despidos en modalidades prohibidas por la normativa, no podrán acceder al beneficio otorgado por el Programa REPRO II.

Un comité interministerial conformado por representantes de los Ministerios de Trabajo, Economía y Desarrollo Productivo y la AFIP, establecerá mensualmente los parámetros que las empresas deberán reunir para acceder al beneficio programa.