Fondo de Asistencia Laboral (FAL).

La reciente Ley de Modernización Laboral (Ley 27.802) traer una novedad muy importante: la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL).

¿Qué es el FAL y para qué sirve?

Es un sistema de ahorro o capitalización obligatorio de afectación específica que entra en vigencia el 1 de noviembre de 2026. Su objeto es coadyuvar al cumplimiento de las obligaciones indemnizatorias previstas por la Ley de Contrato de Trabajo y los estatutos especiales. No reemplaza el régimen indemnizatorio vigente, sino que constituye un fondo destinado a financiar esos pagos.

¿A quiénes aplica?

Aplica a todos los empleadores del sector privado que cuenten con personal registrado con al menos 12 meses de antigüedad. Quedan excluidos el personal de casas particulares, la construcción y el sector público.

¿De cuánto es el aporte?

Las empresas deberán realizar un aporte mensual que se calculará sobre la misma base que las contribuciones patronales habituales. Los porcentajes son:

  • Micro y PyMEs (con certificado Pyme vigente): 2,5% mensual.
  • Grandes empresas: 1% mensual.

Los aportes son recaudados mediante ARCA y derivados a cuentas individuales del empleador administradas por vehículos de inversión autorizados por la CNV.

¿Qué beneficios y características tiene para la empresa?

  • En términos generales, el régimen no implica un aumento de la carga contributiva, ya que el aporte al FAL se computa mediante una reducción equivalente de determinadas contribuciones patronales.
  • Protección del dinero: El fondo acumulado constituye un patrimonio separado e inembargable.
  • Ventajas impositivas: Los aportes al FAL son deducibles del Impuesto a las Ganancias y las cuentas bancarias donde operen estarán exentas del Impuesto al Cheque (débitos y créditos bancarios).
  • Uso del fondo: Tendrá un período de carencia de 6 meses; es decir, recién a partir del sexto mes de aportes el fondo quedará habilitado para cubrir indemnizaciones.

 

Fuente: ARCA