Ganancias empleados: alternativa para cancelar saldos pendientes sin inscripción
ARCA contempla un procedimiento simplificado para que determinados beneficiarios del régimen de retención de Ganancias puedan ingresar saldos pendientes mediante Volante Electrónico de Pago (VEP), sin necesidad de inscribirse en el impuesto ni presentar la declaración jurada anual.
La medida resulta aplicable cuando, de la liquidación anual F. 1359 emitida por el empleador o agente de retención, surja un importe de impuesto no retenido. En ese caso, el beneficiario podrá abonarlo desde el servicio “Presentación de DDJJ y Pagos”, utilizando los códigos 011-708-708.
Para acceder a esta alternativa, corresponde revisar el Formulario F. 1359, verificar si existe saldo pendiente y efectuar el ingreso hasta la fecha de vencimiento general del Impuesto a las Ganancias para personas humanas y sucesiones indivisas.
Para el período fiscal 2025, el vencimiento fue prorrogado hasta el 27 de julio de 2026.
Esta simplificación aplica exclusivamente a beneficiarios que obtengan rentas derivadas de cargos públicos, trabajo en relación de dependencia, jubilaciones y/o pensiones.
Fuente oficial: ARCA – Resolución General N° 4003/2017, art. 13, texto vigente según Resolución General N° 5683/2025.
https://biblioteca.afip.gob.ar/search/query/norma.aspx?p=t%3ARAG%7Cn%3A4003%7Co%3A3%7Ca%3A2017%7Cf%3A02%2F03%2F2017
Fuente oficial complementaria: ARCA – SiRADIG / Retenciones, percepciones y pagos a cuenta.
https://www.afip.gob.ar/572web/carga-datos/retenciones.asp