La Ley 27.802 de Modernización Laboral incorpora importantes modificaciones relevantes en materia tributaria que impactan tanto en personas humanas como en empresas, particularmente Pymes y sectores agroindustriales. Hay cambios que tienen vigencia desde este año.

Repasamos los cambios

Actualización de quebrantos impositivos

Los quebrantos generados en ejercicios iniciados a partir del 1° de enero de 2025 serán actualizables por IPC.

Exención rendimiento plazos fijos en moneda extranjera – Modificación del Art. 26 inciso h)

Desde el 1° de enero de 2026 se sustituye la expresión “plazo fijo en moneda nacional” por “plazo fijo”, quedando exentos también los que se constituyan en moneda extranjera.

Inmuebles a) Alquiler de casa habitación- Modificación del Art. 26 inciso n).

Se exime del Impuesto a las Ganancias la renta derivada del alquiler de inmuebles destinados a casa habitación.

Los locadores de esos inmuebles ya no tendrán derecho a deducir gastos por estas locaciones.

Venta de inmuebles alcanzados por impuesto cedular

Se exime el resultado por enajenación de inmuebles y transferencia de derechos alcanzados por el impuesto cedular del art. 99 de la ley del gravamen que establecía un impuesto del 15% sobre el resultado de la venta.

La exención rige por las operaciones realizadas desde el 01/01/20206, aunque la ley rige desde 6 de marzo de 2026.

Valuación de inventarios – invernada o engorde

Se incorpora la posibilidad para los establecimientos de invernada o engorde valuar sus existencias aplicando para determinadas categorías de hacienda la tabla anexa de costo estimativo de revaluación anual, un cálculo similar al de la valuación para los establecimientos de cría.

La modificación mencionada rige para los ejercicios iniciados el 1° de enero de 2026.


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