Prórroga de vencimientos de ganancias, bienes personales y cedulares
Se prorrogan los plazos para la presentación y pago de las declaraciones juradas de los impuestos a las Ganancias, sobre los Bienes Personales y Cedulares.
Las obligaciones correspondientes al período fiscal 2019 podrán cumplirse hasta las fechas que, según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del contribuyente, se indican a continuación:
Impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales
Terminación CUIT | Fecha del vencimiento | |
Presentación DDJJ | Ingreso saldo resultante | |
0, 1, 2, 3 | 10/08/2020, inclusive | 11/08/2020, inclusive |
4, 5, 6 | 11/08/2020, inclusive | 12/08/2020, inclusive |
7, 8, 9 | 12/08/2020, inclusive | 13/08/2020, inclusive |
Impuesto Cedular
Terminación CUIT | Fecha de presentación y pago |
0, 1, 2, 3 | 11/08/2020, inclusive |
4, 5, 6 | 12/08/2020, inclusive |
7, 8, 9 | 13/08/2020, inclusive |
La medida, busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias en el marco del aislamiento social preventivo y obligatorio. La presentación de las declaraciones juradas y el ingreso de los saldos resultantes estaban previstos originalmente para mediados de junio. Con esta medida se concreta una segunda prórroga de los vencimientos que beneficia a 2 millones de contribuyentes.
Con ese objetivo también se definió, a comienzos de la semana, postergar hasta el 31 de agosto el plazo para la presentación de las declaraciones juradas informativas de Ganancias y Bienes Personales e incrementar de 1.500.000 a 2.000.000 de pesos el umbral de ingresos y rentas a partir del cual los contribuyentes deben realizar dichas declaraciones juradas.