Novedades. ¡Los dólares deben estar en el sistema financiero!
Mediante la Comunicación A 7340, vigente desde el viernes 13.08.21, el BCRA ha impuesto un nuevo requisito para operar en el mercado bursátil con títulos valores que se liquiden contra moneda extranjera.
Esta norma dice así: “las operaciones de compra venta de títulos valores que se realicen con liquidación en moneda extranjera deberán abonarse por alguno de los siguientes mecanismos: a) mediante transferencia de fondos desde y hacia cuentas a la vista a nombre del cliente en entidades financieras locales, y b) contra cable sobre cuentas bancarias a nombre del cliente en una entidad del exterior que no esté constituida en países o territorios donde no se aplican, o no se aplican suficientemente, las Recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional. En ningún caso, se permite la liquidación de estas operaciones mediante el pago en billetes en moneda extranjera, o mediante su depósito en cuentas custodia o en cuentas de terceros.”
Según se ha publicado en los medios, esta norma ha provocado un stand-by en las operaciones de las ALyC, las cuales están aguardando a que la CNV se expida a través de una norma que aclare el alcance de la citada comunicación del BCRA. Paralelamente, ha causado el aumento de la cotización del dólar blue.
Lo que sí resulta claro es que el BCRA exige que los títulos que se negocian en moneda extranjera se paguen con divisas transferidas desde cuentas bancarias propias del inversor (operaciones de compra) y se cobren en divisas a ser depositadas en cuentas bancarias propias del inversor (operaciones de venta). Para estas transacciones ya no es posible operar a través de las cuentas comitentes, ni cuentas custodia ni en dinero en efectivo.