Recordamos Vencimiento – Control Fiscal Agropecuario para la provincia de Buenos Aires
EL PROXIMO 15 DE MARZO
El Control Fiscal Agropecuario es un régimen de información anual que deben cumplir los contribuyentes del Impuesto Inmobiliario Rural de inmuebles, cuya superficie total -considerada de manera individual o conjunta- resulte igual o superior a las cincuenta (50) hectáreas. Según el Artículo 169 del Código Fiscal son contribuyentes del impuesto Inmobiliario los titulares de dominio, los usufructuarios y los poseedores a título de dueño.
La información que debe suministrarse es la siguiente:
- La concerniente al/los inmueble/s rural/es: número de partida inmobiliaria.
- La referida a las actividades agropecuarias, o de otra índole económica, que se desarrollan en el/los inmueble/s, indicando si las mismas están a cargo del propio contribuyente o de terceros, y cuando las actividades sean desarrolladas por terceros, la referida a los contratos en virtud de los cuales se hubiere cedido el inmueble para su explotación, sean éstos escritos o no, gratuitos u onerosos, de naturaleza asociativa o no, indicando superficie cedida, fecha de celebración, plazo de vigencia y monto del contrato o porcentaje de distribución de los frutos de la explotación, de corresponder, como así también los datos de cada una de las partes contratantes y si se ha pactado alguna cláusula de prohibición de cesión o subarrendamiento.