C.A.B.A. – Ingresos brutos – Reducción de Alícuotas.
Se modificó la Ley Tarifaria 2023 disponiendo cambios en las alícuotas de ingresos brutos establecidas para las siguientes actividades económicas:
1- Producción Primaria y Minera, como agricultura, ganadería, caza, silvicultura y explotación de minas y canteras, la alícuota pasa a ser del 0% (anteriormente del 0,75%).
2- Producción y Elaboración de Bienes, se establece el 1% (anteriormente del 1,5%).
3- Construcción y sus servicios, del 2% (anteriormente del 2,5%).
4- Fabricación de papel, del 2% (anteriormente del 3,00%).
Las mencionadas modificaciones serán de aplicación para los hechos imponibles que se materialicen a partir del 01.07.2023 y en tanto no tengan previsto otro tratamiento en esta Ley o en el Código Fiscal.