AFIP Establece nuevo Plazo y Pago especial para Ganancias y Bienes Personales del Período Fiscal 2023 y un pago a cuenta del 40%.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), publicó hoy la Resolución General 5548, que establece un plazo especial para la presentación de las declaraciones juradas y el pago de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales correspondientes al período fiscal 2023.
Esta medida responde a las solicitudes de entidades profesionales que requerían más tiempo para la correcta confección de las declaraciones, tras la promulgación de la Ley N° 27.743.
Nuevo Plazo para Presentación y Pago
Los contribuyentes tendrán un plazo extendido para cumplir con sus obligaciones fiscales de 2023, de acuerdo con la terminación de su Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT). Las fechas de presentación y pago se escalonan entre el 18 y el 23 de septiembre de 2024, dependiendo de la terminación de la CUIT.
Terminación CUIT | Presentación | Pago |
0, 1, 2 y 3 | 18/09/2024, inclusive | 19/09/2024, inclusive |
4, 5 y 6 | 19/09/2024, inclusive | 20/09/2024, inclusive |
7, 8 y 9 | 20/09/2024, inclusive | 23/09/2024, inclusive |
Ingreso Especial a Cuenta
Además, la resolución introduce un “ingreso especial de un importe a cuenta” del 40% sobre la base de cálculo de los anticipos de 2023.
Este pago deberá realizarse en agosto de 2024, también basado en la terminación de la CUIT. Quienes presenten sus declaraciones y realicen los pagos en las fechas establecidas originalmente no estarán sujetos a este pago adicional.
El monto del “ingreso especial de un importe a cuenta” deberá ingresarse hasta las siguientes fechas, según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del contribuyente y/o responsable:
CUIT | Pago |
0, 1, 2 y 3 | 26/08/2024 |
4, 5 y 6 | 27/08/2024 |
7, 8 y 9 | 28/08/2024, |
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