Contribuyentes cumplidores

Se incluye como contribuyentes cumplidores a aquellos que hayan adherido a un PFP al 31 de diciembre de 2023 y cuya última cuota haya sido cancelada hasta la fecha de vencimiento para la presentación de la DJ y pago del impuesto sobre los bienes personales del período fiscal 2023 o de adhesión al REIBP si esta fuere anterior.


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